Wednesday, December 26, 2012

De la soledad como espacio de escritura / Edmond Jabès

De la soledad como espacio de escritura



El acto de escribir es un acto solitario.
¿La escritura es la expresión de esta soledad?
¿Puede haber escritura sin soledad o aún soledad sin escritura?
¿Habrá grados de soledad –así como hay tantas playas, diferentes niveles de soledad – como intensidades de la sombra o de la luz?
¿Se podrá, en este caso, afirmar que hay ciertas soledades dedicadas a la noche y otras al día?
¿Habrá en fin diversas formas de soledad: soledad resplandeciente, redonda —la del sol—o soledad plana, tenebrosa—la de las lápidas funerarias; soledad de la fiesta y soledad del duelo?
La soledad no se puede decir sin que inmediatamente deje de existir.
La soledad no se puede escribir si no en la distancia que la proteja del ojo que la lee.
El decir será para el texto lo que la palabra oral es para la palabra escrita: el fin de una soledad asumida para la una y el preludio de una aventura solitaria para la otra.
El que habla en voz alta jamás está solo...
(lee el texto completo en Refundación)






[Paciencia es la virtud más alta]

Monday, December 24, 2012

O grande poeta Lêdo Ivo morreu



O grande poeta Lêdo Ivo morreu

Me entero, a través de nuestra amiga Lucila Nogueira, que ha muerto en Sevilla, España, el día de hoy, 23 de diciembre, mi gran poeta y maestro querido Lêdo Ivo. Súbitamente en un restaurante, compartiendo con su hijo Gonçalo Ivo, sintió un malestar que fue atendido de inmediato, sin embargo no pudo resistir y falleció.

Hace apenas dos días comentábamos la aparición de nuestra antología Estación Final 1940-2011 bajo el sello de Valparaíso Ediciones del poeta Javier Bozalongo de Granada, yo le había mandado con sus hijos, Graça y Gonçalo Ivo, la noticia y la imagen de portada que le habían llenado de alegría:

Querido amigo Mario Bojorquez,

Muito me alegrou o envio da bela capa da nossa antologia.
Foi para mim um presente de Natal.
Estou em Madrid.
Enviei uma carta ao editor Javier Bozalongo comunicando que estarei em Sevilha durante o Natal e gostaria de visita-lo em Granada.
Ele lamentou não ser possivel este encontro pessoal pois vai passar o Natal com sua mãe em Tarragona.
Desejo ao querido amigo novos sucessos em sua brilhante trajetoria poética.
Vamos continuar juntos até o fim do mundo.
Um grande abraço,
Lêdo Ivo.

Agradezco a la vida que me haya dado la oportunidad de conocer profundamente la poesía de uno de los más grandes poetas de mi tiempo, de haber compartido con él la alegría de la fiesta constante, la amistad personal y su magisterio siempre generoso.

Y como nos pidió a los que lo queríamos y conocíamos a través de los poemas maravillosos que escribió, le ponemos su capa azul, la capa azul de la infancia, la capa de un azul profundo y vamos con él até o fim do mundo:

La capa

En el suelo de la infancia voy a encontrar
todos los objetos que perdí:
la capa azul, el libro de grabados,
el retrato del hermano muerto
y tu boca fría, tu boca fría.

Mi capa azul, en el suelo de la infancia,
cubre los objetos y las alucinaciones.
Es una capa azul, de un azul profundo
como en ningún tiempo podrá ser encontrado.
Un azul como éste, ya no existe jamás.

Y a todos ustedes que son puros o relapsos,
vírgenes en el invierno y repulsivos en el verano,
les hago mi petición de azul profundo:
cúbranme, con esta capa el día en que muera.

Cuando esté muriendo, pueden tener la certeza,
una capa azul, de un azul profundo,
envolverá mi cuerpo de la cabeza a los pies.


Lêdo Ivo


[Paciencia es la virtud más alta]

Saturday, December 15, 2012

Lêdo Ivo en Valparaíso Ediciones de España



En unos días aparecerá bajo el sello de Valparaíso Ediciones de Granada, España, Estación Final de Lêdo Ivo con mi traducción del portugués al español. El libro podrá comprarse en edición digital o papel en el sitio de la editorial:

http://valparaisoediciones.es/17--el-deseo-postergado-digital-.html


[Paciencia es la virtud más alta]

Friday, December 14, 2012

800,000 visitas en Círculo de Poesía


La mejor revista de poesía en español, Círculo de Poesía, alcanzó las Ochocientas Mil visitas en estos días, súmate al círculo de los lectores que ya conocen y frecuentan esta publicación.
[Paciencia es la virtud más alta]

Saturday, December 08, 2012

Felicitamos al poeta Edgar Amador, nuevo Secretario de Finanzas de la Ciudad de México


Felicitamos al poeta Edgar Amador, columnista y amigo de Círculo de Poesía, por haber sido nombrado Secretario de Finanzas de la Ciudad de México. Edgar Amador escribe poesía, ensayo y es también traductor de novedades y raras perlas del inglés. En seguida presentamos algunos de sus poemas.


[Paciencia es la virtud más alta]

Monday, November 26, 2012

Reflexiones en torno al tema de la corrupción en CONACULTA-INBA




csaizar@conaculta.gob.mx
presidencia@conaculta.gob.mx

acanal@conaculta.gob.mx

Estimados licenciados, Consuelo Sáizar y Alejandro de la Canal, en los últimos días he remitido por Twitter para su conocimiento, los artículos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos que han sido violentados en el certamen de obras nacionales del INBA-CONACULTA por diversos funcionarios de su administración que invocan unas Reglas de Operación de ese certamen por encima de la Ley; padres e hijos, socios y parientes, compañeros de trabajo y amistades, funcionarios todos de gobierno, han pasado sin atender a los ordenamientos de la norma que impide recibir dinero, contratos y otros beneficios en su calidad de servidores públicos. Rodrigo Castillo, funcionario de Tierra Adentro y Carmen Bojórquez del INBA, que han sido beneficiados directamente por sí o por parientes de primer grado, además de otros que han buscado beneficio para sus inferiores jerárquicos como Teresa Vicencio y Roberto Vázquez, así como Consuelo Sáizar, jefe de todos los enumerados, han cruzado la delgada línea de su deber poniéndose del lado del delito, es probable que exista responsabilidad para otros funcionarios que yo desconozco, sin embargo, creo que deben ser llamados para que den cuenta de estos mandatos de la norma, especialmente en sus fracciones XIII y XV:

ARTÍCULO 47.- Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones, para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, y cuyo incumplimiento dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan, sin perjuicio de sus derechos laborales, así como de las normas específicas que al respecto rijan en el servicio de las fuerzas armadas:

XI. Abstenerse de desempeñar algún otro empleo, cargo o comisión oficial o particular que la Ley le prohiba.

XIII. Excusarse de intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquéllos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte.

XIV. Informar por escrito al jefe inmediato y en su caso, al superior jerárquico, sobre la atención, trámite o resolución de los asuntos a que hace referencia la fracción anterior y que sean de su conocimiento; y observar sus instrucciones por escrito sobre su atención, tramitación y resolución, cuando el servidor público no pueda abstenerse de intervenir en ellos;

XV.Abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones de solicitar, aceptar o recibir, por sí o por interpósita persona, dinero, objetos mediante enajenación a su favor en precio notoriamente inferior al que el bien de que se trate y que tenga en el mercado ordinario, o cualquier donación, empleo, cargo o comisión para sí, o para las personas a que se refiere la fracción XIII, y que procedan de cualquier persona física o moral cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por el servidor público de que se trate en el desempeño de su empleo, cargo o comisión y que implique intereses en conflicto. Esta prevención es aplicable hasta un año después de que se haya retirado del empleo, cargo o comisión;

XVI. Desempeñar su empleo, cargo o comisión sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones comprobables que el Estado le otorga por el desempeño de su función, sean para él o para las personas a las que se refiere la fracción XIII;

XVII. Abstenerse de intervenir o participar indebidamente en la selección, nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión, remoción, cese o sanción de cualquier servidor público, cuando tenga interés personal, familiar o de negocios en el caso, o pueda derivar alguna ventaja o beneficio para él o para las personas a las que se refiere la fracción XIII;

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, última reforma Diario Oficial de la Federación 09-04-2012

El artículo 53 prevé para estos actos las sanciones legales a que ha lugar:

 ARTÍCULO 53.- Las sanciones por falta administrativa consistirán en: 
I.- Apercibimiento privado o público; 
II.- Amonestación privada o pública.
Fe de erratas a la fracción DOF 10-03-1983
III.- Suspensión; 
IV.- Destitución del puesto; 
V.- Sanción económica; 
VI.- Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.

Cuando la inhabilitación se imponga como consecuencia de un acto u omisión que implique lucro o cause daños y perjuicios, será de un año hasta diez años si el monto de aquéllos no excede de doscientas veces el salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal, y de diez a veinte años si excede de dicho límite. Este último plazo de inhabilitación también será aplicable por conductas graves de los servidores públicos.

Todos los funcionarios y sus parientes, socios y terceros comprometidos en la fracción XIII del artículo 47, han recibido o recibirán un monto superior a los treinta y dos mil salarios mínimos en el Distrito Federal, por lo que deberán regresar dos tantos de lo lucrado además de los daños y perjuicios que han generado por sus acciones, según el artículo 55:

ARTÍCULO 55.- En caso de aplicación de sanciones económicas por beneficios obtenidos y daños y perjuicios causados por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Artículo 47, se aplicarán dos tantos del lucro obtenido y de los daños y perjuicios causados.
Las sanciones económicas establecidas en este artículo se pagarán una vez determinadas en cantidad líquida, en su equivalencia en salarios mínimos vigentes al día de su pago, conforme al siguiente procedimiento:
I.- La sanción económica impuesta se dividirá entre la cantidad líquida que corresponda y el salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal al día de su imposición, y
II.- El cociente se multiplicará por el salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal al día del pago de la sanción.
Para los efectos de esta Ley se entenderá por salario mínimo mensual, el equivalente a treinta veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal.

Con prontitud y diligencia, hice del conocimiento de la licenciada Consuelo Sáizar, desde el día 22 de noviembre, vía Twitter, el tema que aquí expongo, ella me prometió investigar el caso y hoy 25 de noviembre sin emitir opinión, salvo un comentario que aquí cito:

9m Consuelo Sáizar @CSaizar
@casidadelodio / Recuerde que el talento acaba por imponerse. Saludos.

me sugirió que acudiera a la contraloría a cargo de don Alejandro de la Canal. Yo le previne que era su responsabilidad hacerlo y no mía, puesto que diversos artículos de la citada Ley establecían el procedimiento para actuar en estos casos:

ARTÍCULO 57.- Todo servidor público deberá denunciar por escrito a la contraloría interna de su dependencia o entidad los hechos que, a su juicio, sean causa de responsabilidad administrativa imputables a servidores públicos sujetos a su dirección.
La contraloría interna de la dependencia o entidad determinará si existe o no responsabilidad administrativa por el incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, y aplicará las sanciones disciplinarias correspondientes.
El superior jerárquico de la dependencia o entidad respectiva enviará a la Secretaría copia de las denuncias cuando se trate de infracciones graves o cuando, en su concepto, y habida cuenta de la naturaleza de los hechos denunciados, la Secretaría deba, directamente, conocer el caso o participar en las investigaciones.
Artículo reformado DOF 24-12-1996
ARTÍCULO 58.- La Secretaría aplicará las sanciones correspondientes a los contralores internos de las dependencias cuando éstos incurran en actos u omisiones que impliquen responsabilidad administrativa.
ARTÍCULO 59.- Incurrirán en responsabilidad administrativa los servidores públicos de las contralorías internas que se abstengan injustificadamente de sancionar a los infractores o que, al hacerlo, no se ajusten a lo previsto por esta Ley. La Secretaría informará de ello al Titular de la dependencia y aplicará las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 60.- La contraloría interna de cada dependencia o entidad será competente para imponer sanciones disciplinarias.
Artículo reformado DOF 21-07-1992, 24-12-1996
ARTÍCULO 61.- Si la contraloría interna de la dependencia o el coordinador de sector en las entidades tuvieran conocimiento de hechos que impliquen responsabilidad penal, darán vista de ellos a la Secretaría y a la autoridad competente para conocer del ilícito.

Nunca en estos artículos se habla de que un particular deba presentar ninguna denuncia, aún a pesar de esto, le comenté a la licenciada Consuelo Sáizar que quizá ella podría por omisión de estos ordenamientos quedar en algún presupuesto de los establecidos en el artículo 47 como las fracciones XX, XXI, XXII, XXIII y XXIV:

   XX.- SUPERVISAR QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS SUJETOS A SU DIRECCION, CUMPLAN CON LAS DISPOSICIONES DE ESTE ARTICULO; Y DENUNCIAR POR ESCRITO, ANTE EL SUPERIOR JERARQUICO O LA CONTRALORIA INTERNA, LOS ACTOS U OMISIONES QUE EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES LLEGARE A ADVERTIR RESPECTO DE CUALQUIER SERVIDOR PUBLICO QUE PUEDA SER CAUSA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA EN LOS TERMINOS DE ESTA LEY, Y DE LAS NORMAS QUE AL EFECTO SE EXPIDAN;

XXI.- PROPORCIONAR EN FORMA OPORTUNA Y VERAZ, TODA LA INFORMACION Y DATOS SOLICITADOS POR LA INSTITUCION A LA QUE LEGALMENTE LE COMPETA LA VIGILANCIA Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS, A EFECTO DE QUE AQUELLA PUEDA CUMPLIR CON LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CORRESPONDAN.

XXII.- ABSTENERSE DE CUALQUIER ACTO U OMISION QUE IMPLIQUE INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER DISPOSICION JURIDICA RELACIONADA CON EL SERVICIO PUBLICO, Y

XXIII.- ABSTENERSE, EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES O CON MOTIVO DE ELLAS, DE CELEBRAR O AUTORIZAR LA CELEBRACION DE PEDIDOS O CONTRATOS RELACIONADOS CON ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y ENAJENACION DE TODO TIPO DE BIENES, PRESTACION DE SERVICIOS DE CUALQUIER NATURALEZA Y LA CONTRATACION DE OBRA PUBLICA, CON QUIEN DESEMPEÑE UN EMPLEO, CARGO O COMISION EN EL SERVICIO PUBLICO, O BIEN CON LAS SOCIEDADES DE LAS QUE DICHAS PERSONAS FORMEN PARTE, SIN LA AUTORIZACION PREVIA Y ESPECIFICA DE LA SECRETARIA A PROPUESTA RAZONADA, CONFORME A LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES, DEL TITULAR DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD DE QUE SE TRATE. POR NINGUN MOTIVO PODRA CELEBRARSE PEDIDO O CONTRATO ALGUNO CON QUIEN SE ENCUENTRE INHABILITADO PARA DESEMPEÑAR UN EMPLEO, CARGO O COMISION EN EL SERVICIO PUBLICO, Y

XXIV.- LA DEMAS QUE LE IMPONGAN LAS LEYES Y REGLAMENTOS.

CUANDO EL PLANTEAMIENTO QUE FORMULE EL SERVIDOR PUBLICO A SU SUPERIOR JERARQUICO DEBA SER COMUNICADO A LA SECRETARIA DE LA CONTRALORIA GENERAL, EL SUPERIOR PROCEDERA A HACERLO SIN DEMORA, BAJO SU ESTRICTA RESPONSABILIDAD, PONIENDO EL TRAMITE EN CONOCIMIENTO DEL SUBALTERNO INTERESADO. SI EL SUPERIOR JERARQUICO OMITE LA COMUNICACION A LA SECRETARIA DE LA CONTRALORIA GENERAL, EL SUBALTERNO PODRA PRACTICARLA DIRECTAMENTE INFORMANDO A SU SUPERIOR ACERCA DE ESTE ACTO.

Por todo lo expuesto, espero que estos comentarios puedan servir para que se hagan un juicio de lo que procede para la salvaguarda de los bienes nacionales que han sido saqueados por la conducta atípica y perfectamente constitutiva de delito de estos malos servidores públicos.

Agradezco su atención y les comunico que daré a conocer a los medios estas reflexiones.

Su seguro servidor, Mario Bojórquez
San Pedro Cholula, a 25 de noviembre de 2012

Tuesday, November 13, 2012

Mario Bojórquez: La poesía mexicana es la más amorosa


Por Noticieros Televisa | Fuente: Noticieros Televisa | 2012-10-16

Afirma el poeta sinaloense Mario Bojórquez que la poesía mexicana contiene a la mejor poesía amorosa por su sonoridad y potencia expresiva

GUANAJUATO, México, oct. 15, 2012.- La poesía mexicana contiene a la mejor poesía amorosa de la lengua española, entre otras razones, por su sonoridad y su potencia expresiva, afirmó el poeta mochitense Mario Bojórquez, ante el Salón Fumadores lleno, en el Teatro Juárez de la ciudad deGuanajuato, en el marco de la edición 40 del Festival Internacional Cervantino.
Palabra, amor y furia: el universo del poeta fue el título de la conferencia que impartió el ganador de, entre otros premios, el Premio Nacional de Poesía Aguascalientes (2007) y el Premio Nacional de Ensayo Literario José Revueltas (2010). El punto de partida fue un panorama de los mitos griegos, los cuales  explican las bases de nuestras ideas sobre el amor. Los asistentes escucharon historias sobre Afrodita y Ares, representantes del amor y la furia, respectivamente.
Mario Bojórquez leyó poemas llenos de amor, furia, ansiedad, desasosiego de autores como Petrarca, Luis de Camoes, Francisco de Quevedo, Lope de Vega y Sor Juana Inés de la Cruz. Salió a la charla Antonio Plaza, poeta romántico mexicano de finales del siglo XIX, quien modificó la sensibilidad del  mexicano del siglo XX. Además, habló sobre la colección Ars Amanti, editada por el propio conferencista, la cual es una muestra de la mejor poesía mexicana con el tema del amor, donde destacan poetas como Alí Chumacero, Rubén Bonifaz Nuño y Eduardo Lizalde.
El manto y la corona de Rubén Bonifaz Nuño; Los amorosos de Jaime Sabines; Poema de amorosa raíz de Alí Chumacero; El amor es otra cosa, señores, de Eduardo Lizalde fueron algunos de los poemas leídos en esta parte de la charla.
Mario Bojórquez afirmó que El tigre en la casa, de Eduardo Lizalde, es el mejor libro de poesía de la segunda mitad del siglo XX, publicado por la Universidad de Guanajuato. Lizalde es el poeta en quien mejor se cumple la noción del amor y la furia y renueva la poesía amorosa en español, pues despoja a la amada de virtudes y la trata como a una perra miserable.
Para terminar la charla, Mario Bojórquez afirmó:
"Hablar del amor en el siglo XXI es recordar que somos seres humanos y que las relaciones que establecemos con los demás pasan por el tamiz del amor y del odio".
http://noticierostelevisa.esmas.com/especiales/513072/mario-bojorquez-la-poesia-mexicana-mas-amorosa/

Thursday, October 11, 2012

En el cerro del zapotecas de Cholula



En el zapotecas de Cholula, mirando la ciudad a los pies.

Benjamín Prado y Fernando Valverde en Puebla y DF




En Puebla: jueves 11 de octubre a las 18:30 horas en la Casa del Alfeñique (4 oriente 416, Centro). En Ciudad de México: viernes 12 de octubre a las 16:00 en la Fundación para las Letras Mexicanas. Círculo de Poesía y el Consejo Estatal para la Cultura y las Artes del Estado de Puebla publican “Yo sólo puedo estar contigo o contra mí”, antología poética de Benjamín Prado, figura central de la literatura española contemporánea. Coescribió con Joaquín Sabina el disco Vinagre y rosas. La editorial Visor, junto a los dos sellos anteriores, publican “Los ojos del pelícano” del poeta granadino Fernando Valverde, director del Festival Internacional de Poesía de Granada, el poeta de mayor lirismo en la tradición española actual. El editor de los libros ha sido el novelista Jaime Mesa, fundador de la colección Los Olivos.

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V Festival Internacional Poesía Granada 2009